Sentencia ejecutiva de rentas adeudadas - Práctica comercial para funcionarios - Modelos y minutas comerciales - Minutas - VLEX 61183351

Sentencia ejecutiva de rentas adeudadas

Actualizado aMayo 2013

Minuta actualizada a 2014

Juzgado........ de ...........

Ubicado en.........................................

Día.........., mes........., año..........

Se encuentra el plenario al despacho para decidir la instancia, agotados los trámites propios del debate.

ANTECEDENTES:

................................... y ......................, mayores de edad y domiciliados en....................., a través de apoderado judicial legalmente constituido presentaron demanda en contra de ...................................... también mayor de edad y de esta ciudad, para que previos los trámites del proceso EJECUTIVO SINGULAR de menor cuanta se les ordene pagar las sumas de $.............., ........................., ................. por concepto de cánones de arrendamiento dejados de pagar, ms sus intereses bancarios; por las sumas de $ ................... por concepto cláusula penal y por los dineros resultantes que aparezcan demostrados en el proceso de RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO.

TRÁMITE PROCESAL:

Por auto de fecha .................. se libró orden de pago nicamente por los cánones de arrendamiento, ordenándose dar traslado a los demandados por el término legal para pagar o excepcionar.

Notificado en legal forma el extremo pasivo, ..................................... guardó silencio, mientras .......................... por intermedio de apoderado judicial presentó como excepción de mérito la denominada INEXISTENCIA DEL TÍTULO EJECUTIVO, cuyos fundamentos se encuentra esbozado a folio ................ del informativo.

Del medio exceptivo de fondo se dio traslado a la parte ejecutante por el término de .......... días; vencido el cual hizo uso de tal derecho.

Posteriormente se abrió el debate a pruebas, decretándose la documental arrimada por las partes.

No habiendo pruebas pendientes para practicar se corrió traslado a las partes para que presentaran sus alegaciones finales; acto procesal que fue atendido por ambas.

De esta forma, rituado como se encuentra el trámite del debate sin que se observe causal de nulidad que pueda invalidar lo actuado es del caso entrar a resolver previas las siguientes

CONSIDERACIONES

El artículo 336268005/node/35 35 del 336268005 Ley 820 del año 2003 prevé que las obligaciones de pagar sumas de dinero a cargo de cualquiera de las partes serán exigibles ejecutivamente con base en el contrato de arrendamiento, conviene anotar que para acreditar la existencia de la deuda, no incumbe al arrendador probar que el arrendatario no...

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