Notificación por Aviso
Actualizado a | Octubre 2017 |
SEÑOR
JUEZ....CIVIL...DE.....
E.S.D.
REF: PROCESO............DE.......CONTRA.......
....mayor y vecino de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, obrando como apoderado de la parte demandante en el proceso de la referencia, comedidamente solicito a su despacho ordenar la notificación por aviso, conforme a los postulados del artículo 292 del Código General del Proceso, del demandado, Señor..., persona mayor y vecino de esta ciudad, residente en la calle......número...de esta ciudad, dirección aportada en la demanda.
Fundo esta solicitud en los siguientes hechos:
PRIMERO: Con fecha...este juzgado admitió la demanda en referencia, ordenando dar traslado a la parte demandada.
SEGUNDO: El suscrito ha surtido el trámite necesario para notificar personalmente al demandado, según el procedimiento regulado por el artículo 295 del Código General del Proceso , sin que hasta el momento se haya podido lograr tal cometido.
TERCERO: En efecto: Con fecha...se remitió al demandado a la....(dirección) la comunicación del auto admisorio de la demanda con la información pertinente.
CUARTO: Ha transcurrido un término superior de..... (5, 10 o 30) días sin que el demandado haya comparecido a notificarse del auto admisorio de la demanda.
QUINTO: Para corroborar lo afirmado me permito allegar copia de la comunicación referida y constancia de su entrega en el lugar de destino por parte de la empresa... (Encargada del servicio postal).
SEXTO: Por lo anterior, se hace necesario practicar la notificación por a viso consagrada en el artículo 292 del Código General del Proceso , el cual se solicita en el presente escrito.
Del Señor Juez,
Atentamente,
.......................
C.C. No........de.......
T.P. No...............
Fundamento de Derecho:
Artículo 292 del Código General del Proceso
Citas:
Artículo 292 del Código General del Proceso La notificación es el acto procesal mediante el cual se entera o se da a conocer a las partes, y excepcionalmente a terceros, en forma real o presunta, las providencias judiciales, atendiendo así el principio de que nadie puede ser condenado sin haber sido oído. Precisamente, ha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba