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Levantamiento de medidas cautelares por un tercero

Actualizado aJulio 2022

Señor Juez Civil …….. de ………….. E. S. D.

REF: Proceso ejecutivo de ……… contra …….. Incidente de levantamiento de medidas cautelares

….……, mayor y vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía N°….……. expedida en, ….……, y portador de la T.P. No. ………… del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderado del Señor .............., persona mayor y vecino de.............., por el presente escrito solicito a usted muy respetuosamente que previo el trámite incidental consagrado en el artículo 396 y siguientes del Código General del Proceso, con citación y audiencia de …..............., demandante en el proceso de la referencia, se decrete el LEVANTAMIENTO DEL EMBARGO Y SECUESTRO de los bienes muebles y enseres que mi representada tenía en posesión a nombre propio al momento de realizarse la diligencia judicial.

HECHOS

1. A solicitud del señor ………, se llevó a cabo el día ……. de …….. de …….la diligencia de embargo y secuestro de los bienes muebles y enseres en la ……………N°. …….. de …….. diligencia efectuada por la inspección ………., Distrital de Policía en cumplimiento del comisorio número ……… librado por su despacho.

2. Durante la práctica de la diligencia el apoderado de la parte demandada denunció como de propiedad y posesión del señor ……….. los siguientes bienes:…………………………

3. Al momento de la práctica de la diligencia el señor …………, se encontraba ausente del lugar en donde se efectuó la misma, razón por la cual no tuvo oportunidad en su propio nombre o mediante abogado de oponerse legalmente al secuestro de los bienes como poseedor material.

4. El secuestre señor ………, en uso de sus facultades jurídicas, ……… (retiró, depositó) (dejo en calidad de deposito gratuito provisional a ……. Quien atendió personalmente la diligencia ) de los bienes relacionados.

5. El solicitante es poseedor material en nombre propio en virtud de que haber ejercido regular e ininterrumpidamente todas las facultades materiales que confiere el dominio, hecho donde descansa el ánimo de señor y dueño sobre los bienes objeto de la medida cautelar.

6. Mi poderdante tiene pleno derecho a recuperar la posesión material de los bienes por el reclamados, habida cuenta también de que obra dentro de la oportunidad procesal prevista en el artículo 396 y siguientes del Código General del Proceso

PRETENSIONES

1. Fijar el monto de la caución correspondiente, previamente a la iniciación y trámite del incidente formulado.

2...

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