Memorial para la declaratoria de nulidad - error sustancial - Modelos para litigantes - Modelos y minutas penales - Minutas - VLEX 61478997

Memorial para la declaratoria de nulidad - error sustancial

Actualizado aEnero 2016

Señor

FISCAL ........... DE ........................

E. S. D.

Sumario No...................

REF: SOLICITUD DECLARATORIA DE NULIDAD.

Respetado Doctor:

En mi condición de apoderado de la parte civil dentro del proceso de la referencia, comedidamente me permito solicitar a Ud. se sirva decretar la NULIDAD de lo actuado a partir inclusive del auto de fecha ............., mediante el cual se decretó el cierre de la investigación, por la comprobada existencia de irregularidades sustanciales que afectan el debido proceso y los principios tutelares que gobiernan la aplicación de la Ley, de cuerdo a las siguientes consideraciones.

Con fecha ..............., solicité ante su despacho, se continuara con el trámite procesal que había ordenado la recepción de unas declaraciones dejadas de recibir y de la audiencia de conciliación previa la fijación de fecha y hora para la evacuación de las mismas, no obstante por circunstancias atinentes a su despacho en razón al cambio del titular de esa Agencia Fiscal, que hasta la fecha se ha venido dando, no le dio continuidad al pertinente trámite procesal.

Habiéndose constituido póliza Judicial, ordenada en autos, de la que se hizo la respectiva ampliación el día ......................... como así lo dispuso su despacho y que me permití anexar con oficio de la misma fecha, a fin de obtener el decreto de la medida cautelar de embargo sobre el bien de propiedad de los sindicados, sin que se haya obtenido un pronunciamiento favorable al respecto.

Sabido es que la acción civil es aquella que le corresponde al damnificado o perjudicado por el hecho punible , para reclamar de los autores la reparación patrimonial y moral por el daño irrogado y que se traduce en la indemnización por ser sujeto pasivo y titular del bien jurídico vulnerado con esa acción delictiva, asistiéndole a las personas responsables penalmente la obligación de indemnizar, sujetándose para la respectiva indemnización a los lineamientos propios de la legislación civil, aspecto donde juega un papel importante el instituto de la parte civil, sin embargo ello no se opone a la naturaleza del proceso penal, dado que la parte civil conserva la categoría de sujeto procesal.

En este orden de ideas, al no haberse dado un pronunciamiento, pasando por alto la solicitud incoada, que desde luego se hizo dentro del trámite procesal pertinente, considero que se ha vulnerado de esta forma el derecho de defensa y el...

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