Contrato de Licencia de Marca Comercial
Actualizado a | Abril 2014 |
Minuta actualizada a 2014
En la ciudad de ______ a los ______ días del mes de ______ entre __________________ con domicilio en ____________, en adelante denominado "EL PROPIETARIO", y ____________ con domicilio en .... ....... en adelante denominado "EL LICENCIATARIO" se conviene en celebrar el presente CONTRATO DE LICENCIA DE MARCA DE COMERCIO sujeto a las cláusulas siguientes:
PRIMERA: EL PROPIETARIO de la marca "____________", registrada en la División de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio bajo el número ____________, con fecha ____________, concede el uso exclusivo de dicha marca de comercio al licenciatario en su establecimiento ubicado en ____________ para utilizarla en los siguientes usos: ____________ por un plazo de ____________ meses a partir de ____________.
SEGUNDA: El precio del uso de la marca será de ____________ pesos ($______) mensuales pagaderos por mes adelantado del ____________ al ____________ de cada mes en ____________ o en cualquier otro domicilio que EL PROPIETARIO indique fehacientemente. Queda convenido que la demora en el pago del precio mensual hará devengar en favor de EL PROPIETARIO un interés del ______ por ciento (___ %) acumulativo sobre la cuota adeudada y hasta la fecha del cobro efectivo por EL PROPIETARIO, independientemente de la acción por rescisión y daños y perjuicios que podrá iniciar EL PROPIETARIO.
TERCERA: EL LICENCIATARIO deberá cesar en el uso de la marca al término del presente contrato sin necesidad de interpelación alguna, caso contrario será deudor de EL PROPIETARIO, mensual y proporcional equivalente al doble del precio mensual, quedando expresamente pactada vía ejecutiva para su cobro. El importe de la multa es independiente del monto del precio mensual por el uso y del derecho de accionar, que conservará EL PROPIETARIO en toda la medida y respecto de cualquiera y todos los incumplimientos en que incurriera EL LICENCIATARIO para todas y cada una de las obligaciones del mismo, inclusive el deber de pagar puntualmente el precio mensual del uso. La mora operará en forma automática y sin necesidad de requerimiento de ninguna especie.
CUARTA: A los efectos de la ejecución de la multa estipulada "ut supra" EL PROPIETARIO agregará al juicio ejemplar de este contrato.
QUINTA: La marca solamente podrá ser usada conforme a lo estipulado anteriormente, por EL LICENCIATARIO estando prohibida la cesión o transferencia de la misma en forma total o parcial a cualquier título que...
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