Constitución de una sociedad de hecho
Actualizado a | Enero 2018 |
Comparecieron ante la Notaría.......... del círculo de…………. de estado civil......... y con sociedad conyugal vigente, todos mayores de edad y con domicilio en la ciudad de ........ y declararon:
PRIMERO: Que comparecen en su propio nombre y representación con el objeto de constituir como en efecto constituyen una sociedad de hecho de carácter comercial, la cual se regirá por los siguientes estatutos:
Artículo 1: son socios de la compañía comercial que por esta escritura pública se constituye, los señores _______________ y ______________ de las condiciones civiles anotadas.
Artículo. 2: RAZÓN SOCIAL La sociedad será de responsabilidad limitada.
Artículo. 3: DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de ............
Artículo. 4: OBJETO SOCIAL La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes actividades:
Artículo. 5: CAPITAL La sociedad tendrá un capital social de .................... representado en ...................... alícuotas………………….($..............) cada una, declaran los asociados que el capital a sido suscrito y pagado en su integridad en dinero efectivos así: Socio Señor……………. con identificado con la cédula de ciudadanía No……………., por valor total de........... o sea el ……………. Por ciento (….%) del capital social, y el socio ………………………..identificado con la cédula de ciudadanía No .....de _________, por valor total de................($...........) de pesos mcte o sea el…………. Por ciento (….% ) de las cuotas sociales para un total de ........... o sea el 100%. Del capital social.
Artículo. 6:RESPONSABILIDAD La responsabilidad de los socios queda limitada al valor de sus aporte.
Artículo. 7: LIBRO DE SOCIOS La sociedad elaborará y registrará un libro de socios en la cámara de comercio, en el cual se anotará el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y número de cuotas que cada uno posean así como los embargos y cesiones que se hubieren afectado aún por vía de remate.
Artículo. 8 CESIÓN DE CUOTAS Los socios tendrán derecho a ceder sus cuotas, lo que implicara una reforma estatutaria y por consiguiente se hará por medio de escritura pública, previa aprobación de los socios. La escritura será otorgada por el representante legal de la compañía, el sedente y cesionario.
Artículo. 9:El socio que pretenda ceder sus cuotas las ofrecerá al otro socio por conducto del representante legal de la sociedad natural, quien les dará traslado inmediatamente y por escrito a fin de que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al traslado manifiesten si tienen interés en adquirirlas. Transcurrido este lapso el socio que acepten la oferta tendrán derecho a tomarlas a prorrata de las cuotas que posean. En caso de que el otro socio no las tomen, de inmediato dará derecho de ceder o vender su cuota parte de la sociedad. El precio, el plazo y las demás condiciones de la sección se expresarán en la oferta.
Artículo.10:DISCREPANCIA:Si el socio interesado en adquirir discreparen respecto al precio o al plazo, se designarán peritos, conforme al procedimiento que indique la ley para que se fijen uno u otro. El justo precio y plazo determinados serán obligatorios para las partes. Sin embargo, estas podrán convenir en que las condiciones de la oferta sean definitivas si fueren más favorables a los presuntos cesionarios que las fijadas por los peritos.
Artículo.11:ADMINISTRACIÓN. La dirección y la administración de la sociedad estarán a cargo de los siguientes órganos:a) La Junta General de Socios, b) El Gerente . La sociedad también podrá tener un revisor fiscal cuando así lo dispusiere cualquier número de socios excluidos de la administración que presenten no menos del veinte por ciento (20%) del capital.
Artículo. 12: REUNIONES. La Junta General de Socios la integrarán los socios reunidos con el quórum y en las demás condiciones establecidas en estos estatutos sus reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebraran dentro de los tres primeros meses al vencimiento del ejercicio social, por convocatoria del gerente, hecha mediante comunicación por escrito dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días de anticipación por lo menos. Si convocada la junta ésta no se reuniere o si la convocatoria no se hiciere con la anticipación indicada entonces se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de ...., a las ..... en las oficinas de la administración del domicilio principal.
Artículo. 13: OBJETO DE LAS REUNIONES. Las reuniones ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección , determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las cuantas y balances del último ejercicio , resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Las reuniones extraordinarias se efectuaran cuando las...
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