Constitución de sociedad de responsabilidad limitada - Práctica comercial para litigantes - Modelos y minutas comerciales - Minutas - VLEX 61195704

Constitución de sociedad de responsabilidad limitada

Actualizado aEnero 2016

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: ______________________________

DOMICILIO DE LA SOCIEDAD: ...............................

CAPITAL SOCIAL: $.....................................

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ACTO:

........................ identificado con la cédula de ciudadanía No de........ y ...................... identificado con la cédula de ciudadanía No..............de ........ en la ciudad de............departamento de .......... Republica de Colombia, a los ...... días del mes de .... del año ..... Comparecieron: .......... de estado civil......... y con sociedad conyugal vigente , con cédula de ciudadanía No. ....... de ...... (.....) y ........... de estado civil........ y con sociedad conyugal vigente, identificado cédula de ciudadanía No. ..... de ...... todos mayores de edad y con domicilio en la ciudad de ........ y declararon:

PRIMERO: Que comparecen en su propio nombre y representación con el objeto de constituir como en efecto constituyen una sociedad de carácter comercial, la cual se regirá por los siguientes estatutos:

Artículo. 1: Son socios de la compañía comercial que por esta escritura pública se constituye, los señores ............y ....... de las condiciones civiles anotada.

Artículo. 2: RAZON SOCIAL La sociedad será de responsabilidad limitada y girara bajo la razón social.............

Artículo. 3: DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de ........... pero podrá crear sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior por disposición de la Junta General de Socios y con arreglo a la ley.

Artículo. 4: OBJETO SOCIAL La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes actividades: Importación, comercialización y mantenimiento de equipos compresores, así como de sus partes y piezas, prestación de servicios relacionados con el mantenimiento de compresores, la representación comercial, la participación en sociedades o empresas de objeto social similar. En desarrollo del objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título bienes muebles, inmuebles rurales o urbanos, vehículos, etc. celebrar contratos de prestación de servicios; celebrar contratos civiles; Recibir o dar dinero en mutuo con o sin intereses; celebrar contratos de cuenta corriente o de ahorros, y en general negocios con entidades del sector financiero; Dar en garantía real sus bienes y levantar dichas garantías; recibir garantías reales o personales y levantarlas; adquirir y administrar cualesquiera derechos, licencias, patentes y marcas; suscribir, ejecutar, ceder, terminar o hacer valer cualquier contrato o convenio con entidades de derecho público; Actuar como agente o representar a firmas nacionales o extranjeras en el desempeño de actividades afines al objeto social; en general la sociedad podrá ejecutar cualquier acto o contrato necesario para el desarrollo de su objeto social.

Artículo. 5: CAPITAL La sociedad tendrá un capital social de .................... representado en ...................... alícuotas de cien mil pesos mcte ($100.000.oo) cada una, declaran los asociados que el capital a sido suscrito y pagado en su integridad en dinero efectivos así: Socio señor con identificado con la cédula de ciudadanía No. con 30 cuotas por valor total de........... o sea el 75% del capital social identificado con la cédula de ciudadanía No .....de _________, con 10 cuotas sociales por valor total de................ de pesos mcte o sea el 25% de las cuotas sociales para un total de ........... o sea el 100%. Del capital social.

Artículo. 6: RESPONSABILIDAD La responsabilidad de los socios queda limitada al valor de sus aportes.

Artículo. 7: LIBRO DE SOCIOS La sociedad elaborará y registrará un libro de socios en la cámara de comercio, en el cual se anotará el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y número de cuotas que cada uno posean así como los embargos y cesiones que se hubieren afectado aún por vía de remate. (ART. 361.—La sociedad llevará un libro de registro de socios, registrado en la cámara de comercio, en el que se anotarán el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y número de cuotas que cada uno posea, así como los embargos, gravámenes, y cesiones que se hubieren efectuado, aun por vía de remate)

Artículo. 8 CESIÓN DE CUOTAS Los socios tendrán derecho a ceder sus cuotas, lo que implicara una reforma estatutaria y por consiguiente se hará por medio de escritura pública, previa aprobación de la junta de socios. La escritura será otorgada por el representante legal de la compañía, el sedente y cesionario.

(ART. 362.—Los socios tendrán derecho a ceder sus cuotas. Cualquier estipulación que impida este derecho, se tendrá por no escrita. La cesión de cuotas implicará una reforma estatutaria. La correspondiente escritura pública será otorgada por el representante legal de la compañía, el cedente y el cesionario)

Artículo. 9: El socio que pretenda ceder sus cuotas las ofrecerá a los demás socios por conducto del representante legal de la compañía, quien les dará traslado inmediatamente y por escrito a fin de que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al traslado manifiesten si tienen interés en adquirirlas. Transcurrido este lapso los socios que acepten la oferta tendrán derecho a tomarlas a prorrata de las cuotas que posean. En caso de que alguno o algunos no las tomen, su derecho acrecerá a los demás, también a prorrata. El precio, el plazo y las demás condiciones de la sección se expresarán en la oferta.

Artículo.10: DISCREPANCIA Si los socios interesados en adquirir discreparen respecto al precio o al plazo, se designarán peritos, conforme al procedimiento que indique la ley para que se fijen uno u otro. El justo precio y plazo determinados serán obligatorios para las partes. Sin embargo, estas podrán convenir en que las condiciones de la oferta sean definitivas si fueren más favorables a los presuntos cesionarios que las fijadas por los peritos.

Artículo.11: CESION A TERCEROS Si ningún socio manifiesta interés en adquirir las cuotas dentro del plazo señalado en el Artículo 9 , ni se obtiene el voto...

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