Constitución de sociedad en comandita por acciones - Modelos y minutas notariales - Minutas - VLEX 61326333

Constitución de sociedad en comandita por acciones

Actualizado aMarzo 2014
Minuta Actualizada a 2014

………………… comparecieron ………………., ………………….. y …………….., todos mayores de edad, vecinos de ……., de estado civil ………., identificados como aparece al pie de sus firmas respectivas, quienes manifestaron que por medio del presente instrumento público han decidido constituir una Sociedad en Comandita por Acciones, la cual se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA. GENERALIDADES. Artículo 1º. NATURALEZA Y DENOMINACION. La sociedad es en comandita por acciones y se denominará “…………………………Artículo 2º. NACIONALIDAD Y DOMICILIO. La sociedad es de nacionalidad colombiana, pudiendo extender su radio de acción dentro y fuera del país. Artículo 3º. DURACION. La sociedad durará por el término de …. (…) años, contados a partir del día ………….. del presente año, fecha desde la cual inició operaciones esta sociedad, término que podrá ser prorrogado o darse por expirado antes de su vencimiento, en las condiciones y mediante el lleno de los requisitos previstos en la ley o que se establecen en las presentes cláusulas. Artículo 4º. OBJETO SOCIAL. El objeto social de la compañía será……………………………………. ……………….. en desarrollo de su objeto la sociedad podrá invertir sus fondos disponibles en bienes muebles o inmuebles que produzcan rendimientos periódicos de riesgo limitado, negociar toda clase de títulos valores de libre circulación en el mercado; comprar, vender, arrendar, permutar e hipotecar toda clase de inmuebles; recibir en mutuo; celebrar toda clase de operaciones con títulos valores sea que se negocien en bolsas de valores o fuera de ellas; promover la constitución de sociedades que en alguna forma tiendan a asegurar la expansión de sus negocios; tomar a su cargo obligaciones originalmente contraídas por otras personas naturales o jurídicas y sustituir a terceros o hacerse sustituir por terceros en la totalidad o una parte de los derechos u obligaciones de cualquier contrato; y en general, celebrar toda clase de actos, operaciones o contratos que tenga relación directa con las actividades que conforman el objeto principal o cuya finalidad es ejercer los derechos o cumplir las obligaciones legal o convencionalmente derivadas de la existencia de la sociedad. CLAUSULA SEGUNDA. CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES. Artículo 5º. CAPITAL AUTORIZADO. El capital autorizado de la sociedad es de ………. ($.......) moneda legal colombiana, dividido en ……….. MIL (……….) acciones nominativas a valor de mil pesos ($1.000) cada una. Artículo 6º. AUMENTO DE CAPITAL. El capital social podrá aumentarse siempre que así lo disponga la Asamblea General de Socios, de acuerdo a lo establecido en los presentes Estatutos y en la Ley. Artículo 7º. CAPITALIZACION. La Asamble aGeneral de Socios puede convertir en capital social, en cualquier tiempo, mediante la emisión de nuevas acciones, o al aumento del valor nominal de las ya existentes cualquier reserva de ganancias del producto de los primeros, obtenidos en la colocación de acciones, y cualquier utilidad líquida a repartir. Es entendido que esta norma no alcanza a aquella reserva que por su naturaleza o por disposición legal no sean susceptibles de capitalización. Artículo 8º. COLOCACION DE ACCIONES. Para la colocación de acciones provenientes de cualquier aumento de capital social, se preferirá como suscriptores a quienes sean socios, salvo, que la Asamblea General de socios resuelva lo contrario para casos concretos. La Asamblea de socios reglamentará el ejercicio del derecho de preferencia sobre la base de que los accionistas podrán describir las nuevas acciones en proporción al número de acciones en circulación en la fecha en que se apruebe el reglamento. También corresponderá a la Asamblea de socios reglamentar toda colocación de acciones. Artículo 9º. DERECHOS DE LOS SOCIOS. Todas las acciones confieren a su titular igual derecho en el haber social y en los beneficios que se repartan y cada una de ellas tienen derecho a un voto en las deliberaciones de la Asamblea General de socios, sin limitación alguna. Igualmente las acciones son libremente negociables con la limitación del derecho de preferencia establecidas en estos Estatutos. Por lo tanto las acciones conceden iguales derechos e imponen iguales obligaciones. La adquisición de una acción significa, el pleno derecho, adhesión a los Estatutos y a las decisiones de la Asamblea General de socios. Artículo 10º. TÍTULOS DE ACCIONES. Las acciones serán representadas por títulos o certificaciones que llevan la firma autógrafa del representante legal y del secretario y serán expedidas en series numeradas o continuas. Por cada acción se expedirá un título, a menos que el socio prefiera títulos colectivos o parcialmente colectivos. Artículo 11º. PERIDA O EXTRAVIO DE TÍTULOS. En caso de pérdida o extravío o hurto de un título de acción, se ordenará la expedición de uno nuevo con sujeción a las disposiciones legales, siempre que la petición sea fundada a costa del interesado...

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